Hipólito Eduardo Porras Navarro.
DEDUCCION DE SUELDOS Y SALARIOS
DEDUCCION DE SUELDOS Y SALARIOS
Hace unos días me preguntaban sobre la posibilidad de deducir los sueldos y salarios en una empresa, ello quiere decir que los pagos que se realicen por este concepto se puedan disminuir de la base de impuestos y por lo mismo pagar menos impuesto sobre la renta. Al respecto les comentaré que para realizar esta deducción se deberán cumplir con ciertos requisitos, los cuales comentaremos a continuación.
Para poder deducir los pagos sobre sueldos y salarios que efectuamos a nuestros trabajadores, en primer lugar tenemos que haber pagado efectivamente dichos salarios, pues de lo contrario no se podrá tomar en cuenta para las deducciones. Dichos pagos podrán realizarse en efectivo sin importar el monto. Es decir que en este aspecto difieren con algunas otras deducciones, las cuales si el monto excede de dos mil pesos, se tendrán que hacer mediante cheque nominativo con abono a cuenta del beneficiario o mediante cualquier medio electrónico.
Otro de los requisitos que enumera La Ley del Impuesto Sobre la Renta para que dichos gastos sean deducibles, es que los trabajadores se encuentren inscritos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, de lo contrario aunque cumplan todo los demás requisitos se perderá la deducción. Por tal motivo el importe del salario del trabajador que se manifieste ante el IMSS, deberá coincidir con el salario que se tenga en nóminas de la empresa o del patrón y que haya sido realmente pagado.
Un requisito mas es que anualmente se presente una declaración informativa de sueldos y salarios, es decir un documento mediante el cual se informe a las autoridades fiscales sobre los montos de sueldos y salarios que se dio a cada trabajador, la retención del impuesto que se le realizó y que también fue pagada a las autoridades recaudadoras que en este caso es el SAT, y algunos otros requisito que le sirvan a la autoridad para verificar el correcto cumplimiento de nuestras obligaciones. Sin esta declaración los sueldos y salarios tampoco podrán ser deducibles.
Estas son las obligaciones en materia federal que deberán cumplir los patrones para que los pagos por concepto de sueldos y salarios puedan ser deducibles de impuestos. Sin embargo en materia de impuestos estatales existe otra obligación que no interfiere con los impuestos federales pero que en caso de no cumplirse, el patrón se hace acreedor a sanciones por parte de las autoridades estatales.
Este impuesto es pagado por el patrón aplicando el dos por ciento sobre el monto de las erogaciones que se realizaron por sueldos y salarios en el mes. Dicho monto deberá ser pagado en las cajas recaudadoras de hacienda del estado.
Como ya pudimos darnos cuenta, existen un serie de requisitos para que dichas erogaciones puedan ser deducibles, los cuales incrementan tanto las cargas administrativas, como los gastos de los patrones. Sin embargo es importante cumplir con todos ellos, ya que de lo contrario no tendría caso cumplir solamente con alguno de los ya mencionados.
Para poder deducir los pagos sobre sueldos y salarios que efectuamos a nuestros trabajadores, en primer lugar tenemos que haber pagado efectivamente dichos salarios, pues de lo contrario no se podrá tomar en cuenta para las deducciones. Dichos pagos podrán realizarse en efectivo sin importar el monto. Es decir que en este aspecto difieren con algunas otras deducciones, las cuales si el monto excede de dos mil pesos, se tendrán que hacer mediante cheque nominativo con abono a cuenta del beneficiario o mediante cualquier medio electrónico.
Otro de los requisitos que enumera La Ley del Impuesto Sobre la Renta para que dichos gastos sean deducibles, es que los trabajadores se encuentren inscritos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, de lo contrario aunque cumplan todo los demás requisitos se perderá la deducción. Por tal motivo el importe del salario del trabajador que se manifieste ante el IMSS, deberá coincidir con el salario que se tenga en nóminas de la empresa o del patrón y que haya sido realmente pagado.
Un requisito mas es que anualmente se presente una declaración informativa de sueldos y salarios, es decir un documento mediante el cual se informe a las autoridades fiscales sobre los montos de sueldos y salarios que se dio a cada trabajador, la retención del impuesto que se le realizó y que también fue pagada a las autoridades recaudadoras que en este caso es el SAT, y algunos otros requisito que le sirvan a la autoridad para verificar el correcto cumplimiento de nuestras obligaciones. Sin esta declaración los sueldos y salarios tampoco podrán ser deducibles.
Estas son las obligaciones en materia federal que deberán cumplir los patrones para que los pagos por concepto de sueldos y salarios puedan ser deducibles de impuestos. Sin embargo en materia de impuestos estatales existe otra obligación que no interfiere con los impuestos federales pero que en caso de no cumplirse, el patrón se hace acreedor a sanciones por parte de las autoridades estatales.
Este impuesto es pagado por el patrón aplicando el dos por ciento sobre el monto de las erogaciones que se realizaron por sueldos y salarios en el mes. Dicho monto deberá ser pagado en las cajas recaudadoras de hacienda del estado.
Como ya pudimos darnos cuenta, existen un serie de requisitos para que dichas erogaciones puedan ser deducibles, los cuales incrementan tanto las cargas administrativas, como los gastos de los patrones. Sin embargo es importante cumplir con todos ellos, ya que de lo contrario no tendría caso cumplir solamente con alguno de los ya mencionados.
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