Hipólito Eduardo Porras Navarro.
Como era de esperarse conforme va transcurriendo en tiempo el Servicio de Administración Tributaria ha comenzado a realizar diversos comunicados con respecto a una de las principales reformas fiscales para el ejercicio 2011, por tal motivo en los últimos dias informó acerca de los nuevos mecanismos de comprobación fiscal que se aplicarán para todos los contribuyentes
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Como ya es sabido, actualmente existen para las operaciones de los contribuyentes los comprobantes fiscales impresos y, desde 2005, la facturación electrónica como un esquema opcional. La reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, dispone que a partir del 1 de enero de 2011 los contribuyentes deban expedir documentos digitales es decir facturas electrónicas como comprobantes por las actividades que realicen, lo que cambia de una transición de un esquema opcional a el uso generalizado de facturación electrónica.
Cómo parte del esquema de transición, los contribuyentes que al 1 de enero de 2011 tengan comprobantes impresos, podrán seguir utilizándolos hasta que se agote su vigencia de 2 años, lo cual ya habíamos comentado en un articulo anterior.
Sin embargo en la nueva publicación se hace mención que para los contribuyentes con ingresos acumulables iguales o menores a 4 millones de pesos al año, el proceso de transición también prevé que puedan seguir expidiendo comprobantes fiscales impresos, los cuales contendrán un elemento de seguridad adicional que será proporcionado, sin costo, por el Servicio de Administración Tributaria. Para ello, los mismos contribuyentes deberán pedir la aprobación de folios a través del portal de Internet del SAT utilizando su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) e imprimirlos desde su casa, negocio, café internet, impresor, etcétera. Por tal situación los contribuyentes tendrán diversas opciones para poder imprimir y emitir sus propios comprobantes, sin embargo se tienen que concientizar sobre la capacitación que deberán tener estos al realizar sus propios movimientos.
También hizo mención que los contribuyentes con ingresos superiores a 4 millones de pesos al año podrán emitir comprobantes impresos con código de barras, sólo para operaciones cuyos montos no superen los 2,000 pesos, sin embargo dichos comprobantes deberán contener los demás requisitos fiscales que marca la ley.
Y por último dentro de otras observaciones se hizo mención que durante 2010, el uso de la factura electrónica es opcional para cualquier contribuyente, por lo que los contribuyentes que actualmente expiden comprobantes impresos pueden migrar al esquema de facturación electrónica en cualquier momento.
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